La Consejería de Salud y Familias ha aceptado las medidas recogidas en la Orden del 14 de octubre en las capitales de provincia de Córdoba, Jaén y Sevilla, donde también se realizarán cribados masivos. Además, estudia aplicar una restricción de la movilidad nocturna en Granada.

La mencionada Orden del 14 de octubre establece medidas que afectan a la actividad cotidiana de las localidades. Esta reúne distintas restricciones que afectan a varios municipios de Andalucía.

Por su parte, en Sevilla, se realizará un testeo masivo y además se aplicarán las medidas recogidas en esta orden. Las medidas se aplicarán no solo se aplicará en la capital sino en los municipios de El Castillo de las Guardas, Utrera, Badolatosa, Estepa, Gilena, Herrera, La Roda de Andalucía, Lora de Estepa y Marinaleda. En aquellos donde no se haya realizado cribado, también se llevará a cabo.

En la localidad de Pedrera se aplicarán las medidas recogidas en  la Orden del 29 de septiembre, donde se restringe la movilidad. En Écija además de estas se prolongan las restricciones en cuanto a movilidad durante 10 días más.

Medidas de la Orden 14 de octubre

  • Entierros y velatorios: La asistencia a velatorios se limitará a un máximo de 15 personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes.
  • Establecimientos y locales comerciales: Todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el cincuenta por ciento del aforo permitido y tendrán como hora límite de cierre las 22:00 horas, a excepción de los establecimientos farmacéuticos, médicos, veterinarios, de combustible para la automoción y otros considerados esenciales.
  • Hostelería: Los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al 50%, tanto en espacios interiores como exteriores, no estando permitido el consumo en barra. Las mesas o agrupaciones de mesas, deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas. La ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22:00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.
  • Peñas y asociaciones: Se dispone el cierre de peñas, asociaciones gastronómicas, recreativo-culturales y clubes, o establecimientos similares.
  • Bodas y celebraciones civiles o religiosas: En el caso de celebraciones nupciales u otras ceremonias civiles o religiosas, el número máximo de participantes será de 30 personas, ya sea en espacios cerrados como al aire libre, que deberán permanecer sentados.

 

    Dejar respuesta

    Please enter your comment!
    Please enter your name here