Hoy ha comenzado el plazo para la presentación de las solicitudes para el Programa Extraordinario de la Prevención de la Exclusión Social. Este ofrece una ayuda económica para que sus destinatarios puedan disponer de unos recursos mínimos y así salir del umbral de la extrema necesidad en la que se encuentran. El plazo del programa estará abierto hasta el día 23 de octubre.

Colectivos a los que va destinado

  • Personas en riesgo de exclusión que vivan solas
  • Personas que pertenezcan a familias con menores o personas dependientes a su cargo.
  • Miembros de unidades familiares en las que convivan jóvenes con dificultades económicas para continuar sus estudios superiores.
  • Mujeres en situación de riesgo o proclives a desembocar en situaciones de exclusión social, con carácter preferente víctimas de violencia de género.
  • Personas que se encuentren en situación de riesgo de exclusión social agravada por la situación generada por COVID-19.

Requisitos a cumplir

  • Estar empadronado en el municipio a 1 de Enero de 2020.
  • Acreditar la situación de desempleo en el momento en el que se realiza la solicitud.
  • Pertenecer a una unidad familiar con los siguientes umbrales económicos (total de ingresos en los últimos seis meses): familias de 1 sólo miembro: 5647, 32 euros;familias de 2 miembros: 6454,04 euros; familias de 3 ó 4 miembros: 7260,84 euros ; familias de 5 ó más miembros: 8874,36 euros.

Solo se permitirá una solicitud por familia y tanto estas como la presentación de la documentación, se aportará preferiblemente de manera telemática. Ante posibles dudas se podrá consultar de lunes a viernes en horario de 9:30 a 13:30 horas en el teléfono 954019911, o al correo irenemsojogamero@gmail.com.

Documentación requerida

  • Solicitud debidamente cumplimentada y  firmada por el usuario.
  • Modelo de Autorización del Interesado para que el Ayuntamiento recabe datos.
  • Copia del Libro de Familia.
  • Justificantes de los ingresos económicos de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años hasta 25 años, a fecha del 8 de Mayo a 8 de Octubre de 2020: Nóminas, pensiones, prestaciones familiares, PECEF, rentas mínimas, ayudas sociales, …
  • Copia de la sentencia de separación o divorcio y/o convenio ratificado por el Juez donde conste el importe de la pensión compensatoria del ex cónyuge y/o alimenticia para los menores.
  • Acreditación de condición de violencia de género, dependencia o cualquier otra que se considere necesaria para la valoración de su situación familiar.
  • Gastos del mes anterior de la solicitud: recibos de luz, agua, basura, préstamos, hipoteca, …

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